Seguro para perro potencialmente peligroso: licencia y 120.000 euros
Para quién: Personas con perros de razas del anexo I del Real Decreto 287/2002, sus cruces, perros con las características del anexo II o perros que hayan protagonizado agresiones, y quienes dudan de si su perro encaja en esa categoría.
Qué conviene saber en este caso
Solicitar la licencia por primera vez
La licencia la otorga el ayuntamiento de residencia y exige, entre otros requisitos, acreditar un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con cobertura no inferior a 120.000 euros (art. 3.1.e del Real Decreto 287/2002). Contrata la póliza antes de presentar la solicitud y pide a la aseguradora un certificado que indique expresamente el animal, el capital cubierto y la vigencia, porque la administración suele exigirlo.
Renovar la licencia cada cinco años
La licencia tiene cinco años de validez, renovables por periodos iguales, y se pierde cuando el titular deja de cumplir algún requisito, entre ellos el seguro (art. 3.3). Revisa que la póliza esté al corriente de pago y vigente en la fecha de renovación. Si has cambiado de aseguradora, conserva los justificantes que acrediten que no hubo hueco de cobertura entre una póliza y otra.
Dudas sobre si tu perro es potencialmente peligroso
El artículo 2 del Real Decreto 287/2002 incluye las razas del anexo I y sus cruces, los perros con las características del anexo II y, en todo caso, los de carácter marcadamente agresivo o que hayan agredido a personas o animales. Si tienes dudas por el aspecto o el comportamiento del tuyo, consulta con el ayuntamiento o con la administración competente de tu comunidad antes de decidir qué seguro contratar.
Tu comunidad exige más que el mínimo estatal
Las comunidades pueden fijar sus propias cuantías. En Andalucía, el Decreto 42/2008 exige para la licencia un seguro con cobertura no inferior a 175.000 euros, según el texto original del BOJA consultado, sin haber comprobado modificaciones posteriores. Antes de contratar, confirma con tu ayuntamiento qué cuantía se aplica en tu caso y no te limites al mínimo estatal si tu norma autonómica o local es superior.
Cambio de domicilio a otra comunidad
Si te mudas, la licencia y el registro dependen del ayuntamiento y de la comunidad donde resides. Las condiciones, plazos y cuantías pueden variar. Consulta cuanto antes con tu nuevo ayuntamiento qué trámites debes hacer, comunica el cambio de domicilio a la aseguradora y comprueba que la póliza siga cubriendo al animal en el nuevo territorio sin interrupciones.
Otra persona saca a pasear al perro
Si el perro lo pasean familiares o personas ajenas, comprueba que la póliza cubre a las personas responsables del animal y no solo al titular. La legislación gallega, por ejemplo, declara válido el seguro del propietario para la licencia de otras personas poseedoras. Pregunta cómo se acredita esa cobertura y si la póliza exige condiciones como llevar bozal o correa en ciertos lugares.
Primeros pasos
- Averigua con tu ayuntamiento si tu perro está dentro de la categoría de potencialmente peligroso, y qué requisitos concretos, plazos y documentos pide para la licencia en tu municipio.
- Pide presupuesto de responsabilidad civil a varias entidades indicando raza o cruce y la cuantía que exige tu normativa, y confirma que no excluyen a tu animal por su raza.
- Solicita un certificado de la póliza donde figuren el titular, el perro, el capital asegurado, la vigencia y la modalidad, y entrégalo con el resto de documentación para la licencia.
- Comprueba que el perro está identificado con microchip e inscrito en el registro de tu comunidad, y que cumples el resto de requisitos de la licencia, como formación y certificados.
- Anota la fecha de renovación de la licencia y la de vencimiento de la póliza, y revisa ambas con antelación para evitar que un hueco de cobertura te haga perder la licencia.
Riesgos y errores a evitar
- Pagar un seguro que excluye tu raza o la figura de perro potencialmente peligroso. Sin cobertura efectiva, tendrías la póliza pero no la protección, y el certificado podría no ser válido.
- Confundir cuantías. Los 120.000 euros son el mínimo estatal vigente; hay normas autonómicas más exigentes, y el borrador de 2025 que propone 150.000 euros no está aprobado y no es exigible hoy.
- Dejar caducar la póliza. La licencia se pierde cuando el titular deja de cumplir un requisito, incluido el seguro, con las consecuencias administrativas que ello pueda conllevar según tu comunidad.
- Dar por supuesto que el seguro cubre cualquier situación. Revisa exclusiones: perro sin correa, sin bozal o conducido por quien no figura en la póliza pueden dar pie a que el asegurador rechace el siniestro.
Normativa y gestiones a tener en cuenta
La Ley 50/1999 exige licencia del ayuntamiento y seguro de responsabilidad civil (art. 3). El Real Decreto 287/2002 fija en su artículo 3.1.e) una cobertura no inferior a 120.000 euros, licencia de cinco años y pérdida de la misma si se incumple algún requisito. Un borrador de 2025 propone 150.000 euros, sin valor normativo. Algunas comunidades, como Andalucía (175.000 euros según el Decreto 42/2008), fijan cuantías propias: consulta la tuya.
Resumen general en Normativa.
Quién tiene la última palabra: lo que cubre tu seguro, tu póliza; la contratación, tu mediador o aseguradora; las reclamaciones, la vía de la entidad y después la DGSFP; las dudas legales, un abogado o la administración competente; la salud de tu animal, un veterinario. Esta página es información general, no compara precios y la norma vigente prevalece. Más en Normativa.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto debe cubrir el seguro de un perro potencialmente peligroso?
El Real Decreto 287/2002 exige una cobertura no inferior a 120.000 euros por daños a terceros para obtener la licencia. Algunas comunidades fijan cuantías superiores, como el Decreto 42/2008 de Andalucía con 175.000 euros. Confirma con tu ayuntamiento la cuantía aplicable.
¿Son los 120.000 euros el mínimo para todos los perros?
No. Esa cifra es el mínimo para perros potencialmente peligrosos. La Ley 7/2023 prevé un seguro para todos los perros, pero remite su cuantía a un reglamento que a 12 de octubre de 2026 no consta aprobado, y el borrador de 2025 hablaba de 100.000 euros.
¿Qué pasa si mi seguro caduca?
La licencia tiene cinco años de validez y se pierde cuando el titular deja de cumplir alguno de los requisitos, entre ellos el seguro. Consulta con tu ayuntamiento las consecuencias y evita huecos de cobertura renovando la póliza antes de su vencimiento.